se ha emitido el siguiente informe de tasación del vehículo subastado:
ANTECEDENTES
Requeridos por el juzgado de 1ª Instancia Num. 6 de Murcia bajo el procedimiento ejecución judicial Num. 650/2006 y aceptación de cargo por el técnico que suscribe D. Fco. Javier Jiménez Gonzalez
OBJETO
El objeto de la pericia es el de inspeccionar y determinar el valor de un vehículo cuyas características son:
MARCA : SEAT
MODELO: LEON - SPORT
CHASIS: VSSZZZ1MZ3R009001
KILÓMETROS: ILEGIBLES
COLOR: GRIS
MATRICULA: 4092BWW
MOTOR: ASV ( 110 )
COMBUSTIBLE: DIESEL
AÑOS MATRICULACION: 2003
TASACIÓN
El vehículo presenta daños en aleta T.D., puerta T.D. puerta D.D. espejo exterior Drcho. Aleta D.D., paragolpes D., aleta D.I., aleta T.I., puerta T.I. y paragolpes T.
El importe de reparación de estos daños se terminan según valoración adjunta en 1.254,81 €.
Este valor se recoge de la publicación Ganvam entendiendo que se trata de un valor estadístico de venta real, este valor asignado se corresponde con un vehículo en normal estado de funcionamiento y conservación general, con ITV pasada y al menos con un perfil del 50% de neumáticos, sin defectos mecánicos y sin daños en la carrocería ni en su interior, que haya seguido el libro de mantenimiento de la marca y considerando solo los accesorios de serie.
Por ello y una vez tenidos en cuenta los parámetros, la tasación final será el resultado de restar el importe de la reparación al valor inicial descrito en el boletín, siendo:
- Valoración vehículo en boletín. 12.120,00 €
- Dto. Reparaciones necesarias. 1.254,81 €
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TOTAL VALOR................. 10.865,19 €
Dado que el vehículo no dispone de batería no ha sido posible realizar una prueba dinámica del mismo, por lo que desconocemos si el funcionamiento mecánico es correcto o no.
FINAL
Con cuanto antecede, damos por finalizada nuestra actuación en el presente siniestro, la cual ha sido realizada según nuestro más leal saber y entender. Manifestando bajo juramento decir verdad, que se ha actuado con la mayor objetividad posible, así como que se ha considerado todo lo que podía favorecer y lo susceptible de causar perjuicio a cualquiera de las partes, conociendo las sanciones penales en las que podría incurrir en caso de incumplir mi deber como perito.
Murcia a 22 de Mayo de 2007
Fdo: O.T.P. INGENIERIA Y PERITACIONES S.L.
Perito: Fco. Javier JIMÉNEZ GONZALEZ